ESPAÑA. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) declaraba ilegal hace unos días el Impuesto sobre Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos (IVDMH), el llamado ‘céntimo sanitario’. España lo ha estado aplicando bajo esa denominación durante algo más de diez años, concretamente desde el 1 de enero de 2002 hasta el 31 de diciembre de 2012.
En ese tiempo se estima que las arcas públicas han quitado indebidamente del bolsillo de los conductores como mínimo 13.000 millones de euros según el comunicado del TJUE. Los más perjudicados en este caso son los profesionales del sector, camioneros y transportistas, que son los que más kilómetros hacen. Pero tampoco se han librado aquellos que utilizan su vehículo para ir a trabajar o hacer la compra por ejemplo. Los únicos que se pudieron escaquear de este impuesto fueron aquellos que repostaran en las gasolineras de Aragón, País Vasco, La Rioja y Canarias, el resto, obligados a pagarlo. Y dependiendo de la comunidad ese importe era más o menos. En algunas llegaba a suponer 4,8 céntimos del precio de cada litro.
Desde la Comisión Europea recuerdan que ya avisaron en el momento en el que instauraron el impuesto que sería contrario al derecho europeo. Porque el hecho de aumentar la autonomía de un ente territorial mediante el reconocimiento de una potestad tributaria no constituye en sí mismo una finalidad específica, razón por la cual el TJUE declaraba ilegal el impuesto. Desde el Gobierno español le dan la vuelta a la tortilla y dicen que fue la propia Comisión la que dio el ok a que se aplicara. Sin aclarar esto, todavía queda por ver si será el gobierno central o las comunidades autónomas quienes finalmente tengan que de devolver ese dinero.
Lo que parece claro es que no se devolverán esos 13.000 millones cobrados con un impuesto ilegal. No porque los conductores no quieran, sino porque la mayoría de esos cobros ya han prescrito, es decir, han pasado cuatro años desde que se produjeron. El sindicato de Técnicos de Hacienda, Gestha, estima en 4.000 millones de euros el importe que podrá llegar a devolverse.
Así pues, para que un ciudadano pueda llegar a reclamar lo que es suyo deberá, ante todo, conservar el tiquet del repostaje, pero no valdrá uno cualquiera. Para empezar este no debe haber prescrito, para lo que su fecha de emisión debe estar entre marzo de 2010 y diciembre de 2012; y además en este tiquet se debe especificar claramente los litros repostados y los impuestos que se le han aplicado. Superado estos escollos se podrá ir a una oficina de la Agencia Tributaria a solicitar la devolución.
Aunque bien es cierto que este impuesto dejo de existir como tal el 1 de enero de 2013, eso no quiere decir que se haya dejado de cobrar. Lo que se hizo fue incluirlo en el Impuesto Especial de Hidrocarburos, para que de esta forma se adaptara a la normativa europea y el impuesto se pueda seguir recaudando sin impedimentos.
Sea como fuere, el caso es que a muchos ciudadanos se les ha privado de parte de su dinero con un impuesto declarado ilegal y la gran mayoría no volverán a ver ni uno solo de esos céntimos, esa es la principal conclusión de todo.