ESPAÑA. La contracción del mercado español en diferentes sectores de actividad ha llevado a muchos empresarios familiares de nuestro país a acometer en la salida al exterior como una forma de fortalecer la competitividad de sus empresas. La coyuntura económica ha propiciado que muchos de estos empresarios estén dado pasos firmes y serios en este sentido, decidiéndose a planificar la internacionalización de sus firmas.

La salida al exterior se está convirtiendo en un pilar estratégico para muchas empresas y constituye uno de los grandes retos del empresario en la actualidad, y en particular del empresario familiar pyme. Esto es así porque internacionalizarse supone volver a empezar en otro país con su propia cultura social y empresarial, distinta a la nuestra. Supone asumir riesgos, tratando de crecer, diversificar y conquistar nuevos mercados.

Es importante planificar adecuadamente la internacionalización desde el punto de vista jurídico-tributario, comercial, laboral y financiero. Esto es, disponer de un asesoramiento sólido y eficaz, que propicie recursos a los empresarios decididos a salir al exterior.

Algunas cuestiones que deben tenerse en cuenta

Cuando se opta por diversificar mercados es necesario tener en cuenta una serie de cuestiones de cara a favorecer la protección del patrimonio del empresario y de la familia empresaria y de cara también a lograr el máximo ahorro y la optimización de impuestos. Cada territorio es diferente y por eso es conveniente conocer las características de cada uno de los mercados en los que deseemos asentarnos.

Así, existen territorios de baja o nula tributación y otros que, por ejemplo, han articulado convenios con nuestro país para evitar la doble imposición. Ésta se produce cuando un mismo hecho imponible es gravado en dos países en el mismo ejercicio fiscal.

También es preciso conocer los pormenores de la ley de apoyo a los emprendedores y su internacionalización puesto que favorece la salida al exterior y la entrada en España de capital inversor, tales como el “patent box” o la exención en IRPF para los rendimientos de trabajo de los trabajadores por cuenta ajena expatriados. Al mismo tiempo, procede saber que en nuestro país existe la obligación de realizar una declaración informativa de bienes y derechos situados en el extranjero y quienes están obligados a realizarla.

De igual manera, existen vehículos de planificación fiscal para los inversores extranjeros muy ventajosos desde el punto de vista tributario, con muy baja o nula tributación, como son: las ETVE (entidades de tenencia de valores extranjeros), las SICAV (sociedades de inversión de capital variable) o las SOCIMI (sociedades cotizadas de inversión inmobiliaria).

Es cierto que nunca antes han estado tan abiertas las puertas para la empresa española. Pero para salir al exterior es necesario contar con un asesoramiento óptimo y eficaz.