La crisis económica ha llevado a cientos de españoles a adentrarse en el tráfico de drogas. Viajan al extranjero con el propósito de convertirse en mulas (llevar sustancias dentro de su cuerpo o del equipaje) para conseguir dinero “fácil”. Pero muchos de ellos no consiguen pasar los controles y son detenidos fuera de nuestras fronteras. En la actualidad, la cifra de internos fuera de España se sitúa en 1.467 siendo un 85% de los delitos la posesión ilícita o tráfico de estupefacientes.

La pésima situación que viven algunos presos, en cárceles de Sudamérica, África o Asia, ha puesto en evidencia los esfuerzos para traerlos de vuelta a casa.

La escasez de comida, carencia de higiene y sanidad son los factores que denuncian asociaciones y ONG’s. “Desde las fundaciones y ONG’s se trabaja para que los presos españoles tengan garantizados sus derechos y la seguridad jurídica, siendo conscientes de las pésimas condiciones en las que se encuentran muchos de ellos” nos dice el Juez de Instrucción de los juzgados de Plaza Castilla de Madrid, Daniel Vicente Pérez.

“Las fundaciones suplen las carencias de España, ayudan a mejorar las condiciones de los presos fuera de nuestras fronteras, pero creo que esa función debería ser parte del Estado español”.
Daniel Vicente Pérez, Juez de Instrucción | Vía fuente propia

Daniel Vicente Pérez, Juez de Instrucción | Vía fuente propia

El Ministerio de Asuntos Exteriores ha tenido que redoblar sus esfuerzos para trasladar a muchos de estos presos a España. En el año 2011, la cifra de internos superaba los 2.184 ubicados un 48% de ellos en países de América Latina, un 38% en países europeos y un 8% en África.

El número de españoles recluidos se ha reducido un 32% en los últimos cuatro años. Esto ha tenido lugar gracias a dos factores, por una parte el buen trabajo de las oficinas consulares y por otra el calado que han tenido las campañas mediáticas

Cuando un español entra en una cárcel extranjera, automáticamente, desde la Embajada se le informa acerca de sus derechos y le prestan todo tipo de información sobre los procedimientos, traslados, extradición, etc, más allá de esto, el juez nos dice que, la Embajada no puede entrar, “lo que hace es suministrar sólo información”.

Para él, a la hora de facilitar el traslado, no son todo lo eficaces que deberían ser. Esto redunda en el tiempo en que tarda en ser procesado un traslado, una media en materia de entre uno y dos años. Apunta que esto, también, varía en función de los países.”Entre miembros de la Unión Europea no hay problema gracias a la existencia de convenios y acuerdos que aceleran los procesos. Los mecanismos entre los tribunales españoles y extranjeros son muy ágiles y eficaces. Es decir, te cuesta lo mismo comunicarte con un tribunal de Alemania que con los españoles”. Los problemas se plantean con los países menos desarrollados.

La dificultad reside en que los mecanismos de comunicación con los consulados extranjeros son muy anticuados. “Nos estamos comunicando con algunos países a través de correspondencia en forma de cartas, depende del avance de estos y sus oficinas. Con el Este de Europa y Sudamérica es muy difícil la comunicación”

Cárcel de Venezuela | Vía www.elnuevodiario.com.

Cárcel de Venezuela | Vía www.elnuevodiario.com

La actuación de los cónsules en el extranjero está muy limitada, estos no pueden intervenir demasiado. “España tiene que limitar su actuación, se debe garantizar la independencia judicial. Los jueces son independientes y los Estados soberanos en su territorio y ningún Estado puede inmiscuirse en los asuntos de otro”. Por lo tanto la función se reduce a prestar a los presos toda la información posible. España no puede obligar a un Estado extranjero a acelerar el proceso pero si puede ofrecer la asistencia jurídica necesaria. “Creo que los consulados cumplen con su función pero echo de menos dicha asistencia”

De primeras, lo que se hace es facilitarles una lista de abogados de confianza de ese país (extranjero), particulares que tienen que pagar. Si han arriesgado su vida para conseguir dinero ¿cómo se lo van a costear? Entran aquí en juego los abogados de oficios, “en España sí que cumplen su función pero en aquellos países no funcionan tan bien. Un abogado de oficio puede tener hasta 1000 presos”.

Para regular estas relaciones entre países se firmó el Convenio Europeo de Estrasburgo (1983). Lo que hace el Convenio es que en ningún caso se puedan agravar las penas, se tiene que acomodar a la legislación del Estado al que regresa el preso a pesar que esté castigado con una pena mayor. Como nos ha dicho Daniel cada territorio es soberano de sus propias leyes. El Convenio no se mete en la legislación del país, el traslado lo deja en manos del Estado reclamante, el Estado de cumplimiento y el propio preso.

OTAN | Vía www.gov.uk

OTAN | Vía www.gov.uk

Nos explica que para que un traslado se pueda llevar a cabo existen una serie de requisitos, aunque también, apunta que, depende de los tratados bilaterales que tenga España. La primera condición indispensable es el consentimiento de los tres actores, anteriormente mencionados. El preso debe ser ciudadano nacional del Estado que lo reclama. A partir de esto, la sentencia tiene que ser firme, lo que retrasa mucho los trámites. Nos comenta que en muchas ocasiones hay reos que cumplen prisión sin que se haya dictaminado anteriormente la condena. “En nuestro país, es imposible que esto pase. Las leyes españolas garantiza que ningún inocente esté en la cárcel”. El último aspecto que se debe cumplir es el pago de la multa y la indemnización correspondiente, “una responsabilidad económica que, al final, recae en las familias”.

Concentración de internos | Vía www.google.es

Concentración de internos | Vía www.google.es

Después de lograr el traslado el problema está en que una vez fuera el preso se tiene que costear el billete de regreso. “En teoría debería ser costeado por el Estado donde se cumple la pena, se debería facilitar el regreso del preso, pero en vista de que no se hace, creo, que tiene que ser España la que debe intervenir”.

Parece, entonces, que no existe una ley consultar que garantice el respeto a los derechos humanos, sino que cada territorio actúa conforme a sus leyes penitenciarias. Para que una ley penitenciaria sea eficaz tiene que garantizar como mínimo el derecho a la integridad física, el derecho a la salud, el derecho a no ser sometidos a la tortura ni tratos desfavorables y el derecho a la vida que engloba todo lo demás, aspectos que no se cumplen en muchas cárceles. Daniel nos explica que ” no es problema de las leyes, porque todos esos países en sus constituciones recogen el respeto a esos derechos, sino que no se llevan a la práctica”

“La finalidad por la que se aprueba el Convenio es la resocialización de una persona que entra en prisión. El propósito de las prisiones no es castigar, a diferencia de lo que se piensa, es realmente rehabilitar a esa persona para que vuelva a insertarse en la sociedad, y la mejor forma de rehabilitarse es devolviendo al preso a su lugar de origen”.

Cuando le preguntamos si cree que los españoles están concienciados con el tema alude al efecto de las campañas mediáticas, pero apunta que uno de los desencadenantes principales de esta situación se encuentra en la crisis.

“Cuando hay dinero de por medio no vemos más allá de él, aun a sabiendas de a lo que nos enfrentamos. Hace diez años las mafias buscaban a las mulas en países de Sudamérica y ahora vienen a buscarlas a las puertas del INEM”.
Entrevista con el Juez Daniel Vicente Pérez | Vía fuente propo¡ia

Entrevista con el Juez Daniel Vicente Pérez | Vía fuente propia

Haciendo recopilatorio, la evidencia de que no es un camino de rosas el devolver a un preso español a su lugar de procedencia tilda en la carencia de esfuerzos que desde las instituciones se hace por ello.

“Creo que es un tema que está olvidado” afirma nuestro entrevistado. “Primero porque son problemas que electoramente no venden. Son temas volátiles que sólo se ponen de manifiesto cuando salen en los medios y a los cinco días se olvidan. Que se recorte en educación o sanidad para darles más ayuda a presos en el extranjero no vende”.

El problema de raíz, desde la justicia, es el poco dinero que se presta. Nos cuenta que trabajan, en ocasiones, con métodos prehistóricos que dificultad el doble el trabajo.“Todo el tema de justicia está olvidado entre los presupuestos del Estado”. A pesar de esto, opina que más que un problema del Estado español es un problema internacional en cuanto a la situación de precariedad de los presos. Los Derechos Humanos están recogidos en las constituciones de todos los países, incluso en países como Tailandia, Marruecos e Iberoamérica, pero no es más que un mero maquillaje. Lo que hace falta es que estos derechos dejen de ser meras declaraciones ideales y que realmente se lleven a la práctica”.

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